10 y 20: amos de sus palabras
La jornada, 16 de diciembre de 2003.
Si el agravio es el perjuicio sobre el cual la víctima no puede rendir testimonio porque no es escuchada, entonces la rebelión zapatista es, de entrada, un acto de justicia, la reparación inicial de un agravio en el cual el afectado habla y obliga a que se le oiga. Lo es porque su testimonio incursionó en la vida, el imaginario, las vivencias y concepciones de la política, y al hacerlo derrumbó las barreras que segregaban a los pueblos indígenas y muchos más del derecho a comunicar a los otros las ofensas sufridas.